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A partir de Febrero, comenzó a regir la modificación realizada a la Ley No 21.015, en la que se INCENTIVA LA INCLUSIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD AL MUNDO LABORAL.
 
La Ley 21.015 exige a las empresas (públicas y privadas) de más de 100 trabajadores/as incluir al menos el 1% de su dotación con personas con discapacidad o asignatarias de una pensión de invalidez de cualquier regimen previsional, en organismos del Estado (civiles y militares) y empresas privadas que tengan 100 o más trabajadores o funcionarios. Además, fija en 26 años la edad límite para suscribir contrato de aprendizaje con personas con discapacidad, asimilándola a la edad de término de la educación especial y no sin limitación de edad como es en la actualidad.
La nueva ley consagra el principio de no discriminación en el Estatuto Administrativo e incluye a quienes reciben una pensión de invalidez (de cualquier régimen previsional), además de aquellas que están inscritas en el Registro Nacional de Discapacidad.
 
Los invitamos a ver aquí los principales puntos e implicancias de la modificación, y a revisar los desafíos planteados a las empresas, tras las modificaciones http://www.fundacioncontrabajo.cl/preguntas-frecuentes/
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